La licencia administrativa para la tenencia de perros potencialmente peligrosos. ¿Obligación exclusiva del propietario?
Resumen
El presente artículo aborda una duda bastante habitual, en relación con la obligación administrativa de poseer una licencia para la tenencia de perros, clasificados legalmente como potencialmente peligrosos (PPP): Esta obligación, ¿corresponde únicamente al propietario? Si el perro convive y es atendido por varios miembros de la familia, ¿es suficiente con que sólo uno de ellos, quien conste como titular del animal, acredite su capacidad para tenerlo? ¿Puede alguien que no tiene un perro de estas características (o incluso, que no tiene perro) obtener este tipo de licencia?.Publicado
01-12-2014
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Derechos de autor 2014 María González Lacabex

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